La Reforma Electoral ofrece que se vigilen las finanzas de partidos y de candidatos

La Reforma Electoral de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo —presentada este miércoles en la Cámara de Diputados— propone que todos “los ingresos, egresos y demás operaciones financieras, incluyendo valores, divisas y activos virtuales, así como de crédito, seguros y fianzas”, además de “la compra o venta de bienes y demás activos de los partidos políticos nacionales y locales”, así como de precandidatos y candidatos —incluidos los independientes—, “deberán ser reportados o avisados cotidianamente, en exclusivo para fines de fiscalización, por las instituciones, organismos y organizaciones del sistema financiero” al Instituto Nacional Electoral (INE).

Este miércoles, al profundizar en su Decálogo por la Democracia, la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo sostuvo que su iniciativa plantea fortalecer la fiscalización mediante un vínculo más estrecho entre el Instituto Nacional Electoral y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda, lo que permitiría detectar con mayor eficacia recursos de procedencia indebida.

La modificación al Artículo 41 constitucional establece que estos reportes y avisos sobre las operaciones de precandidatos y candidatos abarcarán únicamente los periodos de precampaña y campaña. La información recabada por el Instituto Electoral, precisa la iniciativa, “tendrá carácter confidencial y será reservada exclusivamente para su uso en los procedimientos legales de fiscalización, sin que su alcance abarque los registros de candidaturas”.

La propuesta también eleva a rango constitucional la prohibición para que partidos políticos, precandidaturas, candidaturas y candidaturas independientes se financien u operen con recursos, bienes o servicios provenientes de actividades ilícitas.

En ese sentido, la modificación establece que toda aportación privada deberá provenir “de personas físicas mexicanas y, atendiendo a las normas de debida diligencia e identificación”, y no podrá realizarse en efectivo.

“Las aportaciones de recursos monetarios deberán efectuarse a través del sistema financiero nacional, mediante transferencia electrónica, el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios o instrumentos financieros nominativos; estas aportaciones no serán deducibles para efectos fiscales”, señala el texto.

Asimismo, añade: “Las instituciones, organismos y organizaciones del sistema financiero nacional deberán reportar, para fines de fiscalización, estas transacciones al Instituto Nacional Electoral, a través de los órganos reguladores, en los términos que fije la ley. Las aportaciones en especie serán siempre cuantificadas en moneda nacional y atenderán a lo que disponga la ley”.

De igual forma, se establece que “las autoridades competentes en materia de seguridad, procuración de justicia e inteligencia financiera establecerán mecanismos de coordinación institucional con la autoridad electoral nacional para proporcionar información relacionada con el registro de candidaturas que resulte relevante para salvaguardar la integridad del proceso electoral”.

By Chihuahua es mi tierra

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