Suprema Corte valida documentos emitidos por autoridades rarámuris en Chihuahua

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJNreconoció el sistema normativo de la comunidad rarámuri de Tehuerichi, Chihuahua, ordenando al estado garantizar a sus integrantes la expedición de actas de nacimiento y defunción que durante décadas les fueron negadas, decisión que busca asegurar el acceso a derechos fundamentales como la herencia y el ingreso a programas sociales.

Según informó la SCJN en redes sociales este 5 de marzo, la comunidad rarámuri de Tehuerichi ha enfrentado una negativa sistemática del registro civil para expedir actas por no contar con certificados médicos ni actas ministeriales.

La distancia geográfica, la barrera lingüística y sus costumbres propias no fueron consideradas por las autoridades de Chihuahua, lo que impidió durante décadas el reconocimiento civil de sus derechos básicos.

Esta sentencia ordena a diversas autoridades del estado de Chihuahua reconocer los documentos emitidos por el Siríame, la autoridad tradicional de la comunidad. A partir de ahora, sus constancias serán válidas ante el registro civil estatal, permitiendo a la comunidad rarámuri obtener los documentos oficiales necesarios para ejercer otros derechos.

Ministro Arístides Guerrero presenta y defiende el caso de los rarámuris

Arístides Guerrero, ministro de la SCJN, presentó el proyecto que beneficia a los rarámuris de Tehuerichi, Chihuahua

La Suprema Corte reconoció el sistema normativo de los rarámuris en Chihuahua, podrán recibir actas de nacimiento y otros documentos. Crédito: X/@SCJN

El ministro de la SCJNArístides Guerrero, al presentar el proyecto durante la sesión de este 5 de marzo, subrayó que el caso refleja una omisión institucional prolongada“Décadas en las que incluso ha habido personas, parte de la comunidad, que no han logrado obtener ni su acta de nacimiento ni su acta de defunción, detalló Guerrero.

El fallo, identificado como Amparo en Revisión 423/2025, establece que la Presidencia Municipal de Carichi debe dar plena validez y eficacia a los documentos presentados por el gobernador de la comunidad rarámuri para acreditar fallecimientos, en cumplimiento del artículo 117 del Código Civil del Estado de Chihuahua.

Una vez aceptada la constancia, el oficial del registro civil deberá levantar el acta correspondiente, procedimiento que, según explicó Guerrero, “no sustituye de ninguna manera al oficial del Registro Civil; simplemente permitirá constatar precisamente la defunción”.

Este reconocimiento judicial responde a lo que el ministro Guerrero calificó como omisión que lleva décadas y que este amparo tiene como antecedente desde el año 2020, pero desde el siglo pasado es una situación que lamentablemente están enfrentando las comunidades indígenas en el estado de Chihuahua.

By Chihuahua es mi tierra

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